Seguro de automóviles: Cambios que Entran en Vigor en Enero de 2026

cómo te afecta la nueva reforma legal en 2025

A partir del 2 de enero de 2026, tener un seguro de coche en regla ya no será suficiente. La entrada en vigor de la Ley 5/2025, que adapta la Directiva Europea 2021/2118, redefine qué vehículos deben asegurarse, qué coberturas mínimas exige la ley y cómo se gestionarán las reclamaciones por accidente.

Como agente de seguros, te lo digo claro: no basta con tener “un seguro básico” ni vale pensar que “en mi almacén no pasa nada”. Esta reforma introduce una de las mayores ampliaciones del seguro obligatorio en décadas. Afecta a coches, motos, patinetes, e-bikes, carretillas, tractores y más.

En este artículo te explico, de forma práctica y actualizada:

  • Qué vehículos deben asegurarse según su peso y velocidad.

  • Qué coberturas mínimas exige la ley.

  • Cómo afecta a particulares, autónomos, empresas y transportistas.

  • Qué hacer desde ya para evitar sanciones en 2026.


¿Qué es ahora un “vehículo a motor” con la Ley 5/2025?

La gran novedad es que la obligación de asegurar ya no depende solo de si el vehículo circula por la vía pública, sino de sus características técnicas.

Definición técnica (Art. 1 bis)

Se considera vehículo a motor todo aquel que:

  • Se desplace por el suelo con motor propio (eléctrico o de combustión), y

  • Supere los 25 km/h, o pese más de 25 kg y alcance más de 14 km/h.

También se incluyen los remolques y semirremolques destinados a ser utilizados con estos vehículos, salvo los de ≤750 kg (caravanas p.ej), que siguen exentos.

✅ 10 ejemplos de vehículos que deben asegurarse desde enero de 2026

  1. Patinetes eléctricos “tuneados” (30 km/h).

  2. Cargo-bikes eléctricas para reparto (35 kg, 20 km/h).

  3. Triciclos eléctricos urbanos pesados (40 kg, 18 km/h).

  4. E-bikes rápidas (28–32 km/h).

  5. Quads eléctricos infantiles (30 km/h).

  6. Scooters tipo L1e-B (hasta 45 km/h).

  7. Mini-motos de ocio (40 km/h).

  8. Vehículos eléctricos de mensajería urbana (50 kg, 20 km/h).

  9. Carretillas elevadoras (1.000 kg, 18 km/h).

  10. Vehículos autónomos industriales (AGV con motor y ruedas).

Todos estos deben estar asegurados con las mismas coberturas mínimas que un coche o moto:

  • 70 millones € por daños personales.

  • 15 millones € por daños materiales.

Vehículos exentos

Quedan fuera si cumplen ambos límites (≤25 km/h y ≤25 kg), o si son:

  • Sillas de ruedas eléctricas

  • Bicis eléctricas ≤250W

  • Hoverboards, segways ligeros

  • Remolques ≤750 kg

  • Vehículos en baja temporal/definitiva


¿Por qué esta reforma del seguro de coche entra en vigor en 2026?

La Ley 5/2025 y la Directiva Europea que lo cambia todo

Esta reforma adapta el seguro obligatorio a la realidad actual: más tipos de vehículos, más accidentes fuera de la vía pública y más víctimas desprotegidas. El objetivo es garantizar indemnizaciones justas, evitar vacíos legales y reforzar los derechos de los asegurados.

¿Qué pasa si no adaptas tu póliza antes de enero de 2026?

Muchas personas aún no aseguran sus patinetes eléctricos o vehículos internos de empresa. Otros tienen seguros con coberturas mínimas que no cumplen con la nueva normativa. Si el 2 de enero de 2026 te pilla sin actualizar, te expones a sanciones, reclamaciones y a responder con tu propio patrimonio en caso de accidente.

¿Y si tu vehículo solo circula en propiedad privada?

La ley amplía el concepto de “hecho de la circulación” a espacios privados accesibles al público, como garajes de comunidades, almacenes o fincas. Es decir: aunque no pises la calle, necesitas seguro.

¿Aplica esta ley a maquinaria agrícola, industrial o de construcción?

Sí. Y es aquí donde la ley más puede sorprender.

Ya no se trata solo de si un tractor o carretilla circula por carretera. Si tu maquinaria cumple con los límites de peso y velocidad, y se usa para transporte, debe estar asegurada.

🏗️ En obra y construcción

Imagina una miniexcavadora sin matrícula que solo trabaja en obra.

Hasta ahora: no se aseguraba como vehículo a motor. Los siniestros se cubrían con la RC de explotación de la empresa.

Con la nueva definición: si supera peso y velocidad (y casi todas lo hacen), entra en la obligación de seguro. Aunque no circule por la vía pública de forma habitual, el mero hecho de cumplir la definición legal es suficiente.

Otros equipos que podrían verse afectados:Asegura:

  • Dumpers pequeños.

  • Minicargadoras (skid steers).

  • Manipuladores telescópicos.

  • Rodillos autopropulsados.

💬 “Tus máquinas de obra deben estar aseguradas aunque solo se muevan en interior. Te preparo la póliza de parque móvil con los límites legales.”

En nuestra agencia somos especialistas en seguros de responsabilidad civil para la construcción. Te ayudamos a revisar tu maquinaria y a diseñar un pack de seguros a medida, para que tengas la tranquilidad de estar siempre cubierto.



🚜 En agricultura

Debes asegurar:

  • Tractores pequeños que superen 25 km/h.

  • Cosechadoras autopropulsadas.

  • Motocultores o maquinaria pesada que supere 14 km/h.

  • - Tractores agrícolas y forestales (incluso los de baja potencia).

  • Cosechadoras de cereal, forraje, aceituna o uva.

  • Empacadoras autopropulsadas.

  • Pulverizadores y atomizadores autopropulsados.

  • Carretillas elevadoras y minicargadoras en explotaciones agrarias.

En general, cualquier máquina agrícola autopropulsada que supere los límites de peso y velocidad a partir de enero de 2026 necesitará asegurarse por ser considerada vehículo a motr.

💬 “En conclusión: El campo entra en la nueva ley. Si tu máquina circula o pesa mucho, necesita seguro. Te ayudamos a proteger tu explotación y evitar multas.”

🏭 En industria y logística

Asegura:

  • Carretillas elevadoras (>25 kg y >14 km/h).

  • Tractores de arrastre.

  • Vehículos autónomos industriales (AGV).

  • Plataformas elevadoras móviles.

💬 “Tu almacén también entra. Te ofrecemos cobertura específica para vehículos internos, cumplimiento legal y protección real.”

¿Qué ocurre con vehículos en transporte como mercancía?

La nueva ley también establece que los vehículos nuevos transportados desde fábrica deben estar cubiertos durante su transporte, incluso si aún no están matriculados.

  • Capital mínimo exigido:

    • 6,45 millones € en daños personales

    • 1,3 millones € en daños materiales

¿Quién debe contratar el seguro?

La ley no especifica quién, pero en la práctica, dependerá del contrato de compraventa (Incoterm):

Intoterm                    | Quién contrata el seguro      |
| ------------------------- | ----------------------------- |
| CIF / CIP                 | El fabricante                 |
| EXW / FCA                 | Concesionario o importador    |
| DDP / Transporte nacional | La empresa de transporte      |

¿Qué deben revisar los particulares y empresas antes de 2026?

  • ¿Tienes vehículos con motor que superen los límites de peso/velocidad?
    Revisa patinetes, e-bikes, maquinaria interna, etc.

  • ¿Tienes ITV al día?
    Las aseguradoras no podrán renovar tu póliza anual sin ITV, solo ofrecer seguros temporales.

  • ¿Tus pólizas cubren los nuevos capitales mínimos?
    Un seguro antiguo o básico puede no ser suficiente.

¿Cómo mejora la protección para las víctimas?

📂 Acceso gratuito a atestados

A partir de 2026, Policía, Guardia Civil y Mossos deben entregar gratis los atestados a:

  • Las víctimas.

  • Las aseguradoras y sus peritos.

  • El Consorcio de Compensación de Seguros.

Esto acelera los procedimientos, mejora la transparencia y reduce costes judiciales.

🩺 Valoración médica forense oficial

Las víctimas podrán pedir un informe gratuito del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses (IMLCF) para comprobar si la indemnización es justa. Este informe:

  • Tiene valor oficial.

  • Puede usarse en fase extrajudicial o juicio.

  • A menudo lo paga la aseguradora.

¿Cómo afecta todo esto a las primas?

La inclusión de más vehículos, el aumento de las indemnizaciones y las nuevas coberturas mínimas harán que suban las primas, especialmente en seguros industriales y de flotas.

Pero como agente, te confirmo que:

  • En seguros personales (coches, motos), el impacto será moderado.

  • En seguros de patinetes y e-bikes, los productos ya están adaptándose.

  • En flotas o parques móviles, lo mejor es renegociar las pólizas antes de final de 2025.

Preguntas frecuentes sobre la Ley 5/2025 y su entrada en vigor en 2026

¿Qué día entra en vigor la nueva ley del seguro?
El 2 de enero de 2026. Habrá un plazo de 6 meses para asegurar los nuevos vehículos obligados. Aunque aún falta el desarrollo de la normativa que habla sobre esta parte.

¿Tengo que asegurar mi patinete eléctrico?
Sí, si supera los 6 km/h. Y si pesa más de 25 kg y corre más de 14 km/h, es considerado “vehículo a motor”.

¿Y si mi tractor o carretilla solo opera en un recinto privado?
También necesita seguro si cumple los límites de peso y velocidad.

¿Cuáles son las coberturas mínimas obligatorias?

  • 70 millones € por daños personales.

  • 15 millones € por daños materiales.

¿Qué pasa si no cumplo?
Podrás ser sancionado, quedarte sin cobertura en caso de accidente o tener que responder con tu patrimonio.

Conclusión: ¿Qué debes hacer antes de 2026?

La nueva Ley del Seguro de Coche no solo amplía la cobertura: cambia las reglas del juego. Afecta a coches, motos, patinetes, maquinaria de obra, tractores y más. Y no basta con tener “algún seguro” contratado.

Como agente, mi consejo es claro:
Haz una revisión completa de tus vehículos, coberturas y pólizas antes de que acabe 2025.

Porque en 2026, si no estás al día, puedes tener un vehículo parado, una multa en la puerta o una reclamación millonaria encima de la mesa.

Preguntas frecuentes sobre la reforma del seguro obligatorio de vehículos en España.

¿Debo asegurar mi patinete eléctrico?
Sí, si tu patinete alcanza una velocidad de entre 6 y 25 km/h se considera un vehículo personal ligero y debe contar con seguro obligatorio de responsabilidad civil. Dispones de 6 meses desde la entrada en vigor de la ley para contratarlo sin sanciones.

¿Qué pasa si mi coche no tiene la ITV pasada?
Tu aseguradora solo podrá ofrecerte un seguro temporal. No podrás renovar el seguro anual hasta regularizar la ITV.

¿Las indemnizaciones suben con esta reforma?
Sí. Se actualizan con el IPC y mejoran en supuestos como el reconocimiento del trabajo en el hogar.

¿Las empresas deben asegurar vehículos que no circulan en carretera?
Sí, tractores, carretillas y maquinaria autopropulsada ahora deben contar con seguro obligatorio si se usan para transporte, aunque sea en recintos privados.

¿Subirá el precio de mi seguro de coche?
Es posible un ajuste moderado, pero dependerá de cada compañía y del perfil de riesgo.

Neus Molina Reboreda

Neus Molina Reboreda, es la Agente principal y que lidera el proyecto SEGURCOWORKING.

Su formación y experiencia de más de 12 años en un despacho de abogados, su paso por un departamento de atención al cliente durante más de 6 años y su vocación como agente de seguros ha formado en lo personal y profesional a Neus

https://www.segurcoworking.com
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